Saturday, July 14, 2007

Quien es el "Abogado del Pueblo"?



El "Abogado del pueblo", es Rene Perez, un estudiante de derecho de la West coast school of law, inmigrante hijo de inmigrantes.

Inmigrante desde 1986 y con experiencia en casos extensivos de asuntos de inmigracion desde 1992. Habiendo experimentado personalmente y en casos ajenos, lo dificil de transitar el mundo de inmigracion sin ayuda legal, y lo costozo de los servicios existentes, decide estudiar derecho y convertirse en abogado de inmigracion.

Son estas visicitudes, las que lo llevan a tomar el compromiso de proveer parte de sus servicios futuros como abogado de forma gratuita a la comunidad inmigrante de USA.

Haga de esta su pagina, visitenos y recomiendenos a sus amigos y familiares y acompañenos a explorar un enfoque sencillo para comprender las leyes de inmigracion de este bello pais.



CBI

13 comments:

Anonymous said...

Abogado,

Quiero pedir ami mama y me fui al www.ins.gov para los formularios y llene formulario I-130 me dicen que necesito llenar el I-485 es cierto? cuales documentos necesito de mi mama?

Gracias!
Luis V.

Anonymous said...

HOLA SOY JANDY. MI PREGUNTA ES QUE EN 1988, MI ABUELITA PIDIO A MI MAMA Y AUTOMATICAMENTE ENTRO MI PAPA, MI HERMANO Y A MI QUE TENIA LA EDAD DE 20. PERO ESTABA EMBARAZADA LA CITA FUE EL 18 DE ABRIL Y YO TUVE EL BEBE EL 29 DEL MISMO MES PERO NUNCA VOLVI A MOVER NADA, AHORA MI PAREJA ES CIUDADANO AMERICANO, Y QUISIERA SABER SI ME CASO Y EL ME PIDE PODRIA ARREGLAR AQUI EN EEUU. Y NO TENER QUE SALIR A MEXICO Y ESPERAR EL TIMPO QUE SEA NECESARIO HASTA QUE ME LLEGUE LA CITA ...GRACIAS.

Anonymous said...
This comment has been removed by a blog administrator.
Jaime Manuel said...

Excelente Blog, con el mismo esta llevando la esperanza a muchas personas que se sienten confundidas y pueden ser victimas de inescrupulosos, su espiritu de colaboracion es admirable.
Exitos en su vida profesional.

Jaime Manuel said...

Excelente Blog, con el mismo esta llevando la esperanza a muchas personas que se sienten confundidas y pueden ser victimas de inescrupulosos, su espiritu de colaboracion es admirable.
Exitos en su vida profesional.

anna said...

Hola mi pregunta es yo meti mi aplicacion bajo la 245I en marzo del 2001 ya recibi la carta dela antocha q' ellos recibieron mi aplicacion despues me entere por medio del internet q'lo avian mandado a california llamea mi abogado y el no savia nada yo checo seguido el calendario de visas y uno que ponen univision para mexico 4ta generacion sale julio del 1994 y si me meto ala paguina de migracion de california ya van en abril o mayo 2001 asi de q' no se cual fecha tengo que seguir.
Ojala y me pudiera ayudar con esta agustia m gracias. Anna

anna said...

Hola mi pregunta es yo meti mi aplicacion bajo la 245I en marzo del 2001 ya recibi la carta dela antocha q' ellos recibieron mi aplicacion despues me entere por medio del internet q'lo avian mandado a california llamea mi abogado y el no savia nada yo checo seguido el calendario de visas y uno que ponen univision para mexico 4ta generacion sale julio del 1994 y si me meto ala paguina de migracion de california ya van en abril o mayo 2001 asi de q' no se cual fecha tengo que seguir.
Ojala y me pudiera ayudar con esta agustia m gracias. Anna

Unknown said...

Hola Luis:


Si usted pide a su mama como resident permanente, o ciudadano americano, usando la I-130 - solo debera llebar la I-485 una vez que esta sea aprobada y si su mama se encuentra en USA y entro con visa.

De lo contrario, si su mama no reside en USA, usted llenaria la I-130 y el proceso seria completado en el consulado americano mas cercano a su domicilio.

Favor tengan en cuenta, que si su mama esta en USA sin estatus legal, al ser aprobada su I-130 y su numero de visa asignado, debera salir de el pais como por 3 ó 10 años. Se puede pedir una dispensa a estas penalidades.

Si necesita ayuda adicional, favor no dude en contactarme otra vez.


Mis mejores deseos!

Unknown said...

Hola Jandy:


Si entro de forma legal, podra ajustar dentro de el pais sin necesidad de salir con su conyugue americano.

Si entro de forma ilegal, debera esperar a que salga una reforma migratoria, o salir de el pais por penalidad por os 3 ó 10 años. Se puede pedir una dispensa a estas penalidades, sin embargo.


Si desea asistencia adicional, favor no dude en contactarme.


Mis mejores deseos!

Unknown said...

Estimado Jaime Manuel:


Gracias por sus palabras de apoyo. Para servirle asi como Dios me fortalezca.

Mis mejores deseos!

Unknown said...

Hola anna:


Para poder ayudarte con la fecha que estan manejando para tu tipo de peticion, necesito saber las bases de tu peticion. Fue una peticion laboral? o fue una peticion familiar? I-130?

Espero tu respuesta, puedes escribirme tambien a: inmigraciondelpueblo@gmail.com

Mis mejores deseos!

Anonymous said...

Hola rene. Gracias por la ayuda que nos presta. Yo soy residente condicional (casado con ciudadana americana)y aplique para renovarla ya. Estoy esperando que llamen a los de abril de este año.Hace como año y medio tube un disgusto con mi esposa y me arrestaron por (assault with family violence). Fui a las clases de Anger Management, no provation, y cuando las termine, ellos DISMISS mi caso, pero me hicieron firmar un DEFFERRED PROSECUTION donde decia que sedia todos mis derechos a un juicio si me metia en problemas con la policia dentro de un año. En Octubre se cumple el plazo. Me he portado bien. El abogado dijo que puedo EXPUNGE mi record despues del año. PREGUNTA. Me va a afectar esto con inmigracion cuando cuando me toque el turno de revisar mi caso?.
Gracias de antemano por su respuesta y como te envio un donativo por su tiempo. Gracias, Jorge.

Unknown said...

Hola Jorge:


Gracias por permitirme darte mi opinion sobre tu caso.

Jorge tu caso es delicado. Para los efectos de agencias federales, y ciertamente, para los efectos de el departamento de Inmigracion, una adjudicacion deferida, es igual a un hallazgo de culpabilidad.

Esto significa que para todos los efectos mas practicos, tu tienes bases de inadmisibilidad {si sales de el pais y regresas, pueden no dejarte entrar} y bases de deportabilidad {si aplicas para beneficios adicionales de inmigracion, como la ciudadania, te pueden deportar}, debido a que hallazgo de culpabilidad por violencia domestica te clasifica en estas categorias.

Esto significa que no es prudente que viajes fuera de el pais. No es prudente tampoco que apliques para la ciudadania. Quizas en un futuro, aprueben una ley de amnistia que de perdon a este tipo de casos, y entonces podras hacerte ciudadano si lo deseas, y salir y viajar fuera de el pais sin problemas. Por ahora, contentate con estar con tus seres amados, y poder trabajar legalmente.

No me agrada mencionarlo, pero debo hacerlo. Existe la posibilidad que algun dia inmigracion quiera aparecer por tu hogar queriendo deportarte. Dios quiera que no sea asi, pero puede ocurrir. Procura no tener mas tropiezos con la ley y confiemos que inmigracion no va a tomar acciones contra ti.

Asumire que la relacion con tu esposa esta en buenos terminos. De ser asi, y si presentas el papeleo correspondiente, no deberias tener problemas para remover las condiciones y convertirte en un residente permanente. Gracias a Dios no hay chequeo criminal en ese instante.


Te deseo lo mejor, gracias por querer colaborar con mi carrera, lo puedes hacer en esta direccion

http://www.amazon.com/paypage/PWLEXLCOKSPBK utilizando tu tarjeta de credito o debito.


Mis mejores deseos!